En los últimos años, el espíritu emprendedor ha llevado a muchos ciudadanos a interesarse por iniciar negocios propios. El ámbito de las telecomunicaciones no es una excepción. Desde TELECO ASESORES recibimos consultas constantes sobre los pasos necesarios para comenzar en este sector.
¿Qué trámites hay que seguir?
¿Qué documentos son necesarios para la CNMC?
¿Qué tasas deben pagarse y cuándo?

A continuación, explicamos los aspectos esenciales que todo futuro operador debe conocer antes de comenzar su actividad: quién puede inscribirse, dónde hacerlo, qué documentación se requiere, cómo y cuándo se extingue esta condición, entre otros puntos clave.
Inscripción en la CNMC
Toda persona física, jurídica o administración pública que desee operar en el mercado de las telecomunicaciones debe inscribirse previamente en el Registro de Operadores de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Iniciar actividad sin inscripción constituye una «infracción muy grave» según la Ley General de Telecomunicaciones.
Este requisito también aplica a las Administraciones Públicas, como ayuntamientos, que quieran ofrecer servicios en el sector. La normativa es igual para todos los actores.
Documentación requerida
Para formalizar la inscripción, el interesado deberá presentar ante la CNMC la siguiente documentación:
- Indicar si se trata de una primera notificación o de una ampliación.
- Datos personales o sociales del interesado (nombre, NIF, domicilio).
- Representante legal, si corresponde.
- Persona de contacto para notificaciones en España.
- Fecha y lugar de notificación, firmada por el interesado o su representante.
- Compromiso expreso de cumplir las condiciones legales del sector.
- Declaración de sometimiento a la jurisdicción española.
- (Opcional) Sumisión al arbitraje de la CNMC en caso de disputas.
- Fecha prevista de inicio de la actividad.
- nformación técnica de la red.
- Información sobre posibles derechos exclusivos en otros sectores (agua, gas, electricidad, transporte, etc.).
Tasas: qué, cuánto y cuándo
Todo operador debe pagar una tasa anual destinada a cubrir los gastos de regulación y control, sin que esta supere el 0,1% de los ingresos brutos de explotación. Se liquida al 31 de diciembre de cada año, o en la fecha en que el operador cese su actividad antes de esa fecha.
El procedimiento puede iniciarse mediante una declaración voluntaria por parte del operador o a través de un requerimiento individual por parte de la CNMC. Tras obtener los datos de ingresos, la CNMC emitirá la liquidación (modelo T6).
Extinción del estatus de operador
Según el artículo 6.1 del Reglamento de Servicios de Comunicaciones Electrónicas, la habilitación puede extinguirse por:
- Cese de actividad (debidamente notificado).
- Extinción jurídica del operador.
- Sanción administrativa firme.
- Falta de notificación de continuidad cada tres años.
Sanciones por incumplimiento
No cumplir con estas obligaciones puede implicar sanciones importantes:
- Multas de hasta 20 millones de euros por infracciones muy graves.
- Inhabilitación del operador.
Normativa de referencia
- Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones.
- Real Decreto 424/2005, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios.
- Ley 25/2007, de 18 de octubre, de conservación de datos relativos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones.
- Real Decreto 899/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba la carta de derechos del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas.
- Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública
Si quieres montar un operador y no morir en el intento. Siempre es recomendable contar con el apoyo de profesionales especializados. En TELECO ASESORES estamos a tu disposición para resolver tus dudas. Puedes llamarnos al 960 30 30 01 o escribirnos a soporte@telecoaesores.com